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07/11/2022 / José Quintás Alonso

¿Qué quien me peludea? (1 de 3)

Alguien escribió esto en el cauce

No acabo de entender la frase muy bien; tomo la acepción de que alguien que te «peludea» implica que ese alguien te lo pone difícil

Desde este punto de vista, así en el día a día, me lo ponen difícil los/as torturadoras/es/os que impiden el descanso nocturno con su música, sus gritos y alaridos a las 01,02,03,04,05,06 y hasta las 07 de la mañana. De forma que me peludea el «botellón» que tiene lugar los miércoles, seguro los jueves, viernes y sábados.

Las industrias han sido sacadas de las ciudades y concretamente de Valencia, hace tiempo; pero la importantísima industria del ocio nocturno, entre las 12 y las 07 de la mañana sigue en el corazón de la ciudad sin hacerse cargo de las consecuencias de su actividad, de los efectos indeseados…y ¿qué hace la Corporación que debería compatibilizar usos buscando el respeto a TODAS las personas?. Divagar.

Me peludea la Corporación y toda la «organización organizada y supercoordinada, transversal , progresista y comprensiva…etc «, que es tan INUTIL que no sabe compatibilizar intereses diferentes que, en principio habrían de regularse con los instrumentos legales en vigor. Una tomadura de pelo

Sin duda este problema puede ser abordado en las próximas elecciones, pero posiblemente solo se acabe con esa lacra y pueda hacerse efectivo el derecho al descanso nocturno cuando las denuncias que se hacen ante la policía local (1), sean elevadas a la autoridad judicial competente y estas acaben citando e imputando a la máxima autoridad local y concejales/as implicados en la dejación que permite la ¿tortura?

Si, tortura; no hace falta que te interroguen, ¿no es suficiente con privarte del descanso cuando a alguien le de la gana?

Descansar es necesario, es básico

No dejarte descansar, despertarte abruptamente cuando acabas de dormirte tres o cuatro noches por semana, eso, opino, es una TORTURA :

De wikipedia

La privación del sueño puede ser empleada como un medio para interrogar, por lo cual ha acabado en procesos judiciales sobre si o no la técnica es una forma de tortura.68

Bajo una técnica de interrogación, un sujeto podría mantenerse despierto por varios días y cuando finalmente se le permite conciliar el sueño, es repentinamente despertado e interrogado. Menájem Beguín, el Primer Ministro de Israel desde 1977 a 1983, describió su experiencia de privación de sueño como prisionero de la NKVD en Rusia de la siguiente manera:

En la cabeza del prisionero interrogado, una bruma comienza a formarse. Su espíritu está cansado de muerte, sus piernas son inestables, y tiene solo un deseo: dormir… Cualquiera que ha experimentado este deseo sabe que ni siquiera el hambre y la sed son comparables con ello.69

La privación del sueño fue una de las cinco técnicas usadas por el gobierno Británico en los años 70. La Corte Europea de los Derechos Humanos falló que las cinco técnicas «no ocasionaron sufrimiento de intensidad y crueldad particular implicados en la palabra tortura… [pero] asciende a una práctica de tratamiento inhumano y degradante», incumpliendo la Convención Europea de los Derechos Humanos.70

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos publicó cuatro memorandos en agosto de 2002 describiendo técnicas de interrogación usadas por la Agencia Central de Inteligencia. Ellos primero describieron 10 técnicas usadas en interrogatorios de Abu Zubaydah, descrito como un terrorista especializado en logística, incluyendo privación del sueño. Los memorandos desde mayo de 2005 presentaron cuatro técnicas más y confirmaban que la combinación de métodos de interrogación no constituyeron tortura bajo las leyes de Estados Unidos.71

El problema del uso extremo de la privación del sueño como tortura tiene defensores en ambos lados del asunto. En 2006, el abogado general federal australiano Philip Ruddock argumentó que la privación del sueño no constituía tortura.72​ Nicole Bieske, una vocera de Amnistía Internacional por Australia, ha expuesto la opinión de su organización así: «Al final, la privación del sueño es cruel, inhumana y degradante. Si es usada por periodos prolongados de tiempo es tortura73

(1) Ante la Policía o la Guardia Civil

Podemos interponer la denuncia ante cualquier puesto o dependencia de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Las diligencias llevadas a cabo por la policía en averiguación del delito se recogen en un atestado realizado por éstos, y una vez concluido será presentado ante la autoridad judicial (artículo 297 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) que serán los encargados de llevar el procedimiento oportuno.

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